10 2023 Instituto Ingenieria España 0034

La protección del Patrimonio Marítimo Flotante Español:
un mar de posibilidades

Ponente: Prof. Dr. Jaime Rodrigo de Larrucea

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La presente comunicación pretende aportar nuevas perspectivas al fomento y conocimiento de nuestro patrimonio marítimo flotante.

10 2023 Instituto Ingeniería España 0028

España ha llegado tarde en el reconocimiento de su patrimonio marítimo flotante respecto de los países de nuestro entorno. Resulta sumamente triste el precedente del Galatea. Esto no obstante produjo la Carta de Barcelona (Barcelona Charter 2002) que a pesar de no tener valor jurídico es la guía técnica para la UE y el Japón en la conservación de las embarcaciones tradicionales. El nuevo Reglamento del 2021 es una de las regulaciones más detalladas e innovadoras del derecho comparado europeo, en palabras del presidente de la European Maritime Heritage.

Con anterioridad al Reglamento de BB HH Real Decreto 784/2021, de 7 de septiembre, la protección a estas embarcaciones se ha producido a través de su declaración como BICS (Bienes de Interés Cultural) usualmente por las legislaciones autonómicas. No nos consta ningún buque en el Registro de Bienes Muebles del Patrimonio Español. La declaración como BIC salva al buque del desguace, pero no asegura la viabilidad futura del proyecto. Un ejemplo ilustrativo es la Draga Jaizkibel o el Hispania.

La conservación de un buque tradicional especialmente las grandes unidades, es un proyecto ilusionante y rentable económica y socialmente (Vasa o Mary Rose; Intrepid, etc.), pero debe haber una sana colaboración entre las asociaciones y las autoridades. Los ejemplos del Correíllo de la Palma o de Albaola van en esa dirección, igualmente en el derecho comparado. La constitución de fundaciones pueden ser un buen instrumento jurídico en la configuración de su estructura social.
Un proyecto de patrimonio marítimo flotante debe ser sostenible económicamente, esto es debe ser viable en sí mismo. Conviene analizar muy bien los costes de mantenimiento y el Plan de Negocio. Recordar en ese sentido el caso del antiguo Dédalo (USS Calbot). La elaboración de una Guía de subvenciones específicas para este tipo de proyectos resultaría muy deseable.

La conservación del Patrimonio marítimo flotante debe tener una muy importante dimensión social, especialmente en el ámbito educativo y cultural y los ejemplos exitosos en España y otros países nos lo confirman. En ese sentido en la medida de lo posible más allá de una escuela de navegación y de carpintería u otros oficios, debe contemplar unos descriptores pedagógicos para alumnos de secundaria (Britannia: Commonwealth o Discovery: magnetismo terrestre).

Animar a la DGMM a la publicación del Censo de buques históricos y a su actualización anual. Resulta un instrumento esencial para la evaluación de los instrumentos de protección y su actualización. Los estímulos fiscales que puedan dispensar las leyes de presupuestos requieren de una justificación objetiva, más allá de su valor cultural intrínseco.
De futuro resulta muy deseable un Repositorio digital de buques históricos europeo en colaboración con la EMH, en el que pensamos sería posible contar con financiación europea.
Igualmente, la DGMM debería simplificar al máximo los tramites de la inscripción en el Registro, acordes con la letra y el espíritu del Reglamento. El Convenio de la DGMM y AINE de emisión de consultas va en la buena dirección. Animar a los Museos públicos y privados en la misma línea, el art. 13 Reglamento les da un papel importante en relación con el patrimonio marítimo.

En el mismo sentido las Universidades y Museos juegan un papel esencial en la definición y conceptualización del patrimonio marítimo, sería deseable su aportación especialmente en que entendemos por “significación cultural”. Ver art. 4.3. Obviamente hablamos de estándares jurídicos, pero que requieren un contenido conceptual.

La Armada e instituciones afines deben plantearse el estudio inicial para la conservación de ciertas unidades representativas, especialmente en puertos y espacios con un especial vinculo humano y social. Posiblemente la mejor opción sería tras su baja en la LOBA su inclusión en el Registro de BB HH, conservando sus peculiaridades técnicas (al margen de los Convenios OMI).

Las reproducciones y las réplicas son el futuro, resulta loable como se ha destacado el trabajo del Museo Marítimo de Madrid. Las asociaciones y entidades vinculadas (Ingeniería Naval; Astilleros; la Academia, etc.) pueden hacer un gran papel: a nivel económico con las reproducciones operativas y a nivel cultural con las réplicas digitales.

La inclusión de los pesqueros en el Registro de BB HH (art. 10) dándoles la consideración equivalente de “baja del censo operativo”, sin que el armador pierda sus toneladas es indudablemente un aspecto muy positivo del Reglamento.
La figura del Voluntariado es esencial, afortunadamente el Reglamento les da cobertura legal como “voluntarios culturales”, animar a las Capitanías Marítimas a solo exigir los requisitos del Convenio SCTW 78/95-2010 en los casos estrictamente necesarios para la navegación y contemplar medidas alternativas o equivalentes.

10-2023 Instituto Ingeniería Espana 0042